Referéndum 2025, urnas abiertas el 8 y 9 de junio. ¿Sobre qué votan y por qué?
Cinco preguntas sobre el trabajo y la ciudadanía promovidas por sindicatos y asociaciones en el centro de la consulta del referéndum de los días 8 y 9 de junio.
En 2025, la ciudadanía será convocada a votar en cinco referendos . El Tribunal Constitucional ha declarado admisibles las cuatro preguntas del referendo sobre el trabajo, para las que se recogieron más de cuatro millones de firmas, y el referendo sobre la ciudadanía, presentado ante el Tribunal Supremo con 637 mil firmas.
¿QUÉ SON LOS REFERÉNDUMS?
REFERÉNDUMS SOBRE EL TRABAJO
1. Detener los despidos injustificados
Pregunta:
¿Desea la derogación completa del Decreto Legislativo n.º 23 del 4 de marzo de 2015, que contiene las «Disposiciones sobre contratos de trabajo indefinidos con mayor protección, en aplicación de la Ley n.º 183 del 10 de diciembre de 2014»?
El PRIMERO de cuatro referendos laborales exige la derogación de las normas sobre despidos del contrato de mayor protección de la Ley de Empleo. En empresas con más de 15 empleados, los trabajadores contratados a partir del 7 de marzo de 2015 no pueden reincorporarse a sus puestos tras un despido improcedente.
Actualmente, más de 3,5 millones de trabajadores, y esta cifra aumentará en los próximos años, se ven penalizados por una ley que impide la reincorporación incluso si el juez declara la terminación de la relación laboral injusta e infundada. Deroguemos esta norma, pongamos fin a los despidos sin causa justificada.
2. Mayor protección para los trabajadores de las pequeñas empresas
Pregunta:
¿Desea la derogación del artículo 8 de la Ley n.º 604, de 15 de julio de 1966, que contiene las “Normas sobre despidos individuales”, sustituido por el artículo 2, apartado 3, de la Ley n.º 108, de 11 de mayo de 1990, limitándose a las palabras: “entre uno”, “y un máximo de 6” y “El importe máximo de la indemnización mencionada podrá incrementarse hasta 10 meses de salario para empleados con más de diez años de antigüedad y hasta 14 meses de salario para empleados con más de veinte años de antigüedad, si trabajan para un empleador que emplee a más de quince empleados”?
El SEGUNDO punto se refiere a la eliminación del límite de indemnización en caso de despidos en pequeñas empresas. En las empresas con menos de 16 empleados, en caso de despido injustificado, un trabajador puede obtener actualmente un máximo de seis meses de indemnización, incluso si un juez considera infundada la terminación de la relación laboral.
Esta condición mantiene a los empleados de las pequeñas empresas (unos tres millones setecientos mil) en un estado de gran sujeción. El objetivo es aumentar la protección de quienes trabajan, eliminando el límite máximo de seis meses de indemnización en caso de despido injustificado para que el juez pueda determinar la indemnización justa sin límite alguno.
3. Reducción del trabajo precario
Pregunta:
«¿Se solicita la derogación del Artículo 19 del Decreto Legislativo n.º 81, de 15 de junio de 2015, que contiene la «Disciplina orgánica de los contratos de trabajo y revisión de la legislación sobre deberes, de conformidad con el Artículo 1, párrafo 7, de la Ley n.º 183, de 10 de diciembre de 2014», párrafo 1, limitado a las palabras «que no exceda de doce meses.
El contrato puede tener una duración mayor, pero en cualquier caso», las palabras «en presencia de al menos una de las siguientes condiciones», las palabras «en ausencia de las disposiciones mencionadas en la letra a), en los convenios colectivos aplicados en la empresa, y en cualquier caso antes del 31 de diciembre de 2025, para las necesidades técnicas, organizativas y de producción identificadas por las partes»; y las palabras «b bis)»; párrafo 1-bis, limitado a las palabras «que dure más de doce meses» y las palabras «a partir de la fecha en que se exceda el plazo de doce meses»; párrafo 4, limitado a las palabras "en caso de renovación", y a las palabras "sólo cuando el plazo total exceda de doce meses"; artículo 21, párrafo 01, limitado a las palabras "libremente en los primeros doce meses y, posteriormente,"?"
La TERCERA Ley busca eliminar algunas normas sobre el uso de contratos temporales para reducir la lacra del empleo precario. En Italia, aproximadamente 2.300.000 personas tienen contratos temporales. Ahora, los contratos temporales pueden establecerse por un máximo de 12 meses sin ninguna razón objetiva que justifique el trabajo temporal. Hagamos que el trabajo sea más estable. Restablezcamos la obligación de justificar el uso de contratos temporales.
4. Más seguridad en el trabajo
Pregunta:
¿Desea la derogación del artículo 26, apartado 4, del Decreto Legislativo n.º 81, de 9 de abril de 2008, que contiene la “Aplicación del artículo 1 de la Ley n.º 123, de 3 de agosto de 2007, relativa a la protección de la salud y la seguridad en el trabajo”, modificado por el artículo 16 del Decreto Legislativo n.º 106, de 3 de agosto de 2009, por el artículo 32 del Decreto Legislativo n.º 69, de 21 de junio de 2013, convalidado con modificaciones por la Ley n.º 98, de 9 de agosto de 2013, así como por el artículo 13 del Decreto Legislativo n.º 146, de 21 de octubre de 2021, convalidado con modificaciones por la Ley n.º 215, limitándose a la frase «Las disposiciones de este apartado no se aplican a los daños derivados de riesgos específicos inherentes a la actividad de las empresas contratistas o subcontratistas» .
La CUARTA interviene en el ámbito de la salud y la seguridad en el trabajo. En Italia, se registran hasta 500.000 informes anuales de accidentes laborales. Casi 1.000 muertes, lo que significa que en Italia mueren tres trabajadores al día en el trabajo. Modifiquemos la normativa actual, que impide extender la responsabilidad a la empresa contratista en caso de accidente en los contratos.
Modifiquemos las leyes que favorecen el uso de contratistas sin solvencia financiera, que a menudo incumplen las normas de prevención de accidentes. Derogar la normativa actual y ampliar la responsabilidad del empresario contratista implica garantizar una mayor seguridad en el trabajo.
REFERÉNDUM SOBRE LA CIUDADANÍA ITALIANA
5. Mayor integración con la ciudadanía italiana
Pregunta:
¿Se desea derogar el artículo 9, apartado 1, letra b), limitado a las palabras «adoptado por un ciudadano italiano» y «con posterioridad a la adopción»; así como la letra f), que contiene la siguiente disposición: «f) al extranjero que haya residido legalmente durante al menos diez años en el territorio de la República», de la Ley n.º 91, de 5 de febrero de 1992, que contiene nuevas disposiciones sobre la ciudadanía?»El QUINTO referéndum abrogativo propone reducir a la mitad el tiempo de residencia legal en Italia de 10 a 5 años para la solicitud de concesión de la ciudadanía italiana, restableciendo un requisito introducido en 1865 y que permaneció inalterado hasta 1992.
En detalle, se va a modificar el artículo 9 de la ley n. 91/1992 con el que se aumentó el plazo de residencia legal ininterrumpida en Italia a los efectos de presentar la solicitud de concesión de la ciudadanía por parte de los adultos.
El referéndum sobre la ciudadanía italiana no modifica los demás requisitos para obtenerla, como el conocimiento del italiano, la posesión de ingresos sustanciales en los últimos años, la ausencia de antecedentes penales, el cumplimiento de las obligaciones tributarias y la ausencia de impedimentos relacionados con la seguridad de la República. Este cambio constituye un logro decisivo para los aproximadamente 2 millones 500 mil ciudadanos de origen extranjero que nacen, crecen, viven, estudian y trabajan en nuestro país. Alineemos a Italia con los principales países europeos, que ya han comprendido que promover los derechos, las protecciones y las oportunidades garantiza la riqueza y el crecimiento para todo el país.
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